Zona de baja emisiones en Granada

En cumplimiento de la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, el Ayuntamiento de Granada está en proceso de implantar su Zona de Bajas Emisiones.  La zona de Bajas Emisiones de Granada entrará en vigor previsiblemente el 1 de abril de 2025 tras la aprobación de la nueva ordenanza integral de movilidad y el proyecto de zona de bajas emisiones.

 

La Zona de Bajas Emisiones abarcará una superficie de 23.55 km2 y está limitada por las siguientes vías:

  • ZONA ESTE DE LA CIUDAD: Camino del Sacromonte hasta la Abadía incluido en la ZBE. Cruce del Restaurante El Caldero (para control de accesos desde la carretera de Murcia y Camino del Fargue que quedan dentro de ZBE), resto de la ciudad la ZBE queda delimitada fundamentalmente por el perímetro urbano edificado.
  • ZONA CARRETERA DE ALFACAR: Coincide con el perímetro urbano, quedando la ciudad deportiva dentro de la ZBE.
  • ZONA NORTE: Calles Pegaso y Merced Alta, no incluidas dentro de la ZBE. Borde de terreno de Casería de los Cipreses.
  • ZONA NOROESTE: Avd. Blas de Otero, Calle Lepanto, C/Racimos, C/El Jau y borde de Parque Cronista Juan Burgos
  • ZONA OESTE: Borde de Parque de las Alquerias, vía servicio de la autoria (evitar entradas desde zona de Puleva). Camino de Cañaveral incluido en ZBE, María Moliner y Calle Profesor Luis Molina Gómez abierto para servicio a Parking. Borde de Parque Federico García Lorca y Calle Eudoxia Pririz que queda dentro de la ZBE.
  • ZONA SUROESTE: Carretera de Vegas del Genil hasta cruce en encuentro Río Monachil y Genil. Término municipal de Granada y Río Monachil.
  • ZONA SUR: Avenida de la Innovación dentro de la ZBE. Avenida de Jesús Candel, Avd. del Conocimiento, Calle Torre Comares y Calle Sultana, calles no incluidas en la ZBE para facilitar acceso a Parking de borde de Nuevo los Cármenes.
  • ZONA SURESTE: Vía de Servicio de la Autovía, Paseo de Cameros no incluida para acceso Parking, Camino de Caidero, término municipal de Granada dentro de la ZBE y cierre por Avd. Santa María de la Alhambra que no esta dentro de la ZBE para acceso al monumento. No se contempla dentro de la ZBE los terrenos del Patronato de la Alhambra. Queda libre el acceso al cementerio.

 

A partir de su entrada en vigor, no tendrán autorización para acceder a la ZBE aquellos vehículos que no estén incluidos en la Base de Datos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y que además no tengan distintivo medio ambiental. Los vehículos sin distintivo medioambiental son aquellos vehículos de gasolina anteriores al 2001 y diésel anteriores al 2006.

Cualquier vehículo que esté censado en el municipio de Granada podrá acceder a la zbe independientemente de su distintivo medioambiental.

Por otro lado, cualquier vehículo que tenga distintivo B, C, ECO o Cero también podrá acceder a la ZBE independiente de dónde curse su impuesto de circulación.

 

Los vehículos incluidos que no requerirán autorización municipal previa.

  • Vehículo de personas físicas y jurídicas cuyo vehículo disponga de domicilio fiscal en el término municipal de Granada.
  • Vehículos que dispongan de tarjeta autorizada de CYD en el Ayuntamiento de Granada.
  • Transporte en autobús (autobús/microbus) de carácter regular.
  • Transporte en autobús (autobús/microbus) de carácter discrecional que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
  • Servicios de transporte adaptado que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
  • Los vehículos asociados a una tarjeta PMR que dispongan de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
  • Vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, policía local, vehículos de extinción de incendios, protección civil, grúa municipal, salvamento, ambulancias y otros servicios de emergencias. Identificados claramente.
  • Vehículos destinados a servicios públicos básicos municipales: vehículos de transporte público, vehículos discrecionales (autobuses/microbuses), vehículos que prestan servicios como limpieza, abastecimiento de agua potable y saneamiento, retirada de residuos, mantenimiento, conservación de la vía pública, zonas verdes, instalaciones y montajes de actividades lúdicas y culturales promovidas por el Ayuntamiento, alumbrado ornamental, patrimonio municipal y otros. Identificados claramente
  • Vehículos de auxilio en carretera según Real Decreto 159/2021
  • Vehículos de servicio público de viajeros taxi con licencia en Granada y/o APC.
  • VTC que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

 

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